La Secretaría de Agricultura elevó muy fuerte el monto de las multas para quienes vendan semilla ilegal: Las sanciones podrán llegar a 784 millones de pesos
A través de cuatro resoluciones publicadas en el Boletín Oficial de este lunes, el Instituto Nacional de Semillas (INASE) actualizó muy fuerte el valor de las multas que aplicará a los multiplicadores de semillas y productores agropecuarios que violen las normativas vigentes. Ahora podrá aplicar multas de hasta 784 millones de pesos a los infractores.
A través de cuatro resoluciones publicadas en el Boletín Oficial de este lunes, el Instituto Nacional de Semillas (INASE) actualizó muy fuerte el valor de las multas que aplicará a los multiplicadores de semillas y productores agropecuarios que violen las normativas vigentes. Ahora podrá aplicar multas de hasta 784 millones de pesos a los infractores.
La actualización de las multas y de los planes de pago de las mismas fueron decididas por el nuevo presidente del organismo descentralizado, el ex gerente de Bioceres Claudio Dunan, y parece ser la antesala de un nuevo periodo de controles, dentro de la recurrente historia de este organismo, que cada tanto, y cada vez que asume un nuevo gobierno, se relanza tratando de hacer cumplir las leyes vigentes que protegen el mercado de la semilla legal y velan por los intereses de los obtentores. En definitiva, cumplir con las funciones para la que fue creado.
En los últimos días, el secretario de Agricultura, Fernando Vilella, viene anticipando a quienes lo entrevistan su intención de revalorizar el INASE, y terminar de conformar sus órganos de conducción (por ejemplo, desde hace décadas que no se completa su consejo directivo con representantes de las entidades del sector privado). “Estamos potenciando al organismo en temas relevantes como la propiedad intelectual, que hoy está en debate, para fortalecer la actividad desde la visión del Estado”, indicó el alto funcionario en un acto la semana pasada.
Esta ofensiva oficial tiene dos patas. Por un lado el gobierno de Javier Milei intentó forzar una actualización de la legislación sobre semillas al incluir un artículo en la Ley Ómnibus que implicaba la adhesión de la Argentina al convenio internacional UPOV 91, que finalmente fracasó en conjunto con toda la ley. Por otro lado, se trata de dotar al INASE de herramientas para salir a los campos a controlar al menos el cumplimiento de la Ley vigente, que data de 1973 y ha cumplido entonces cincuenta años.
En esa lógica, este lunes hay cuatro resoluciones que serán claves pensando en el organismo de control saliendo a la calle con sus inspectores, ya que uno de los puntos débiles de la gestión del INASE hasta ahora era que muchos infractores de aquella ley no tenían temor a las sanciones, ya que las multas que se les aplicaban eran directamente ridículas y no tenían impacto sobre sus negocios.
Por eso, la Resolución 30/2024 firmada por Dunan lo primero que hace es actualizar el monto de las URS (Unidades Referenciales de Sanción) y que habían quedado establecidas desde 2017 en el ridículo valor de 15 pesos, sin actualización. Ahora, y tomando como base el precio del litro de gasoil, la URL será de 784 pesos.
Esto permitirá al organismo aplicar multas de hasta 784 millones de pesos a los supuestos infractores, ya que el Decreto 2817/1991, que dispuso la creación del INASE establecía que las multas que podía llegar a aplicar podían tener un máximo de hasta 1 millón de URS, dependiendo de cada caso.
Es decir que la multa máxima que podría aplicar el INASE a los infractores crece de un máximo de 15 millones de pesos hasta 784 millones.
Eso por un lado, porque a foja siguiente, la Resolución 31/2024 también decidió modificar el sistema de sanción de las multas para las infracciones tipificadas en el Capítulo VII de la Ley de Semillas 20.247, que refieren a la venta de semilla por fuera de los canales legales, o no certificada.
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En este caso también habían quedado absolutamente obsoletas las sanciones aplicadas por el INASE. La Ley original hablaba de multas de entre 100 y 100 mil pesos (de 1973) para quien “expusiere o entregare a cualquier título semilla no identificada o incurriese en falsedad en cuanto a las especificaciones del rótulo del envase”. Pero luego se modificó por las URS mencionadas precedentemente.
La novedad ahora es que esas Unidades hasta aquí se fijaban, en el caso de cereales y oleaginosas no híbridos que coticen en la Bolsa de Cereales (como el trigo y la soja) como “el equivalente en pesos al valor que, como grano, correspondiera al volumen de la mercadería en infracción, tomando la cotización del día en que dicha infracción fue constatada”.
Ahora se añadió que “la sanción de multa aplicable a las infracciones verificadas en semillas de cualquier otra especie no contemplada en el artículo anterior tendrá como monto mínimo el equivalente del valor de la semilla puesta en legal forma en el mercado”.
“Se estima necesario establecer nuevos mínimos para las sanciones a fin de corregir las desviaciones en las conductas reglamentadas en la Ley de Semillas y desalentar su incumplimiento”, explicó Dunan en la segunda resolución.
Hay otras dos resoluciones vinculadas con el asunto. Por un lado, la Resolución 32/2024 actualiza otra vieja normativa de 11995, referida a los planes de pago que los operadores de semillas pueden gestionar para hacer frente a las multas definidas por el INASE.
Ahora, con esta modificación, “el organismo otorgará hasta 12 cuotas mensuales y consecutivas, las que en ningún caso podrán ser inferiores al 10% de la totalidad” de la multa. Pero sobre esas cuotas se establece además “un interés de financiación equivalente a la tasa activa publicada por el Banco Nación para operaciones a 30 días, hasta la fecha de finalización del plan de facilidades otorgado por el referido Instituto Nacional”.
Finalmente, la Resolución 33/2024 modificó otra vieja resolución de 1999. En este cambio, ahora se autoriza establecer un premio de 10% de descuento en el monto de la multa impuesta por este organismo por infracciones a la Ley de Semillas, en los casos en que “el interesado haga efectivo el pago íntegro dentro del plazo perentorio de 10 días hábiles de notificado el acto administrativo sancionatorio”.
En definitiva, con estas cuatro resoluciones el ex gerente de estrategia de la firma Bioceres, que se dedica justamente al negocio de las semillas y la biotecnología agrícola, dejó allanado el terreno para salir al campo a controlar la denominada “bolsa blanca”, como se conoce a la semilla multiplicada y vendida por fuera del circuito legal, entre otras informalidades que se cometen en ese negocio.
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“La semilla es un elemento central en los sistemas agroindustriales, la calidad de la misma, la capacidad de poder expresar genéticamente la mejor manera de potenciar la especie que estamos cultivando”, había explicado el secretario Vilella sobre esta ofensiva para reposicionar el INASE y su tarea de control.
Curiosamente, mientras el equipo de Agricultura se prepara para dar esta batalla, dentro del activismo de La Libertad Avanza corren versiones que dan cuenta de la posibilidad de cerrar por completo el Instituto Nacional de Semillas, como ya sucedió con el INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación), o como pasó también en 2001, cuando el ex gobierno de Fernando De la Rúa decidió disolver el INASE buscando simplemente un pequeño ahorro de los gastos presupuestarios.
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