¡Registrá la pulverizadora, nabo! ¿No ves que dañas la imagen de todo el sector?
Como resultado de controles de oficio en los departamentos Río Primero y Río Segundo, en Córdoba, las autoridades clausuraron de manera preventiva tres máquinas aplicadoras autopropulsadas por no contar con las inscripciones correspondientes. Además, se fiscalizaron depósitos de fitosanitarios para verificar que cumplan con los numerales establecidos. Como siempre decimos, es insólito que haya equipos
Como resultado de controles de oficio en los departamentos Río Primero y Río Segundo, en Córdoba, las autoridades clausuraron de manera preventiva tres máquinas aplicadoras autopropulsadas por no contar con las inscripciones correspondientes. Además, se fiscalizaron depósitos de fitosanitarios para verificar que cumplan con los numerales establecidos.
Como siempre decimos, es insólito que haya equipos de semejante dimensiones y dedicados a la aplicación profesional de agroquímicos que sigan operando al margen de las normativas. Porque dañan la imagen social de todo el sector frente a una comunidad urbana cada vez más exigente en materia de cuidados ambientales y de salud.
En este caso, el Ministerio de Bioagroindustria de Córdoba, a través de la Dirección General de Fiscalización y Control, realizó controles de oficios en establecimientos agropecuarios ubicados en las localidades de Oncativo y La Puerta, para corroborar lo dispuesto por la Ley N°9164 (el uso de la receta fitosanitaria digital, habilitaciones de los equipos de pulverización y de sus operarios).
Como resultado de las inspecciones, se procedió a la clausura preventiva de tres máquinas autopropulsadas por no contar inscripciones correspondientes ante el ministerio. Además, fueron intimados a renovar la habilitación.
En el caso de los depósitos de productos fitosanitarios se intenta chequear las condiciones de infraestructura y operatividad de los mismos como lo indica el Anexo II del decreto reglamentario 132/05.
“Cabe aclarar que toda aplicación de productos fitosanitarios debe ser realizada con equipo y operario habilitado para tal fin y la aplicación debe ser prescripta a través de Receta Fitosanitaria Digital (RFD), la cual es emitida por un asesor fitosanitario”, recordó el Ministerio agropecuario cordobés. Parece mentira que haya que repetirlo.
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