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Los aceiteros, otro gremio contra la flexibilización laboral de Milei: “Es un engendro jurídico”

Fuente: Infocampo 27/12/2023 12:31:40 hs

Calificaron de “gravemente inconstitucional e ilegítimo” al DNU del Presidente, que podría sumar a este rubro y a los desmotadores de algodón como actividades "trascendentales", limitando el derecho a huelga.

Un gremio de peso entre los que están ligados a la agroindustria sentó su posición frente al decreto de necesidad y urgencia que firmó el presidente Javier Milei y que, entre otras cosas, impone una flexibilización laboral.

Tras las fuertes críticas emadas desde la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (Uatre), ahora fue la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina (FTCIODyARA) y el Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo (SOEA) los que repudiaron el DNU por “gravemente inconstitucional e ilegítimo”.

“Deroga o modifica antidemocráticamente más de 300 leyes, afectando los pilares del estado de derecho, introduciendo de facto una reforma laboral que ataca los derechos fundamentales de la clase trabajadora argentina, entre ellos el de huelga”, apuntaron.

Además sostuvieron que “no hay ninguna necesidad ni urgencia para imponer una reforma laboral profundamente regresiva como la que el DNU establece, pretendiendo barrer con el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, producto de las luchas de nuestro movimiento obrero”.

CONTRA LA FLEXIBILIZACIÓN LABORAL

El derecho laboral que nació a principios del Siglo XX, reconociendo la asimetría estructural que padecen las y los trabajadores, que viven de su salario frente al poder del capital, tiene un sentido compensador y pretende garantizar la justicia social, condición para la paz. El DNU avasalla la división de poderes consagrada en la Constitución Nacional que establece que la función legislativa es tarea exclusiva del Congreso”, remarcaron.

Pretende retrotraer nuestro país a las condiciones vigentes un siglo y medio atrás, con total dominio del mercado y la extracción ilimitada de ganancia por parte del sector patronal”, aseguraron.

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ACTIVIDADES “TRASCENDENTALES”

Otro de los puntos calientes que toca el decreto presidencial es la catalogación de determinadas actividades económicas como “esenciales” y “trascendentales”.

Para el primero de los casos, la presencia laboral mínima a garantizar de parte de los gremios no puede bajar del 75%, dejando solo a un cuarto de la planta de empleados disponible para plegarse a una asamblea o reclamo.

Para las actividades trascendentales el criterio será de un 50% de obligatoriedad.

De todas maneras el decreto firmado por Milei no precisa cuáles serán las actividades específicas que ingresarán en esas categorías, pero en el gremialismo ya elaboran su defensa.

“Se amplía la calificación de servicios esenciales, incorporando supuestas “actividades trascendentales” entre las que podrían encontrarse la aceitera y la desmotadora de algodón, como modo de impedir o dificultar el ejercicio de la huelga”, cargaron desde el sindicato conducido por Daniel Yofra.

FTCIODyARA señaló que el DNU afecta la forma de llevar adelante asambleas, los derechos patrimoniales de los sindicatos y la ultractividad en la negociación colectiva.

“Se amplía el período de prueba, de 3 meses a 8 meses, flexibilizando el ingreso al contrato. El DNU deroga la totalidad de las indemnizaciones por trabajo no registrado o incorrectamente registrado previstas en distintas normas, inclusive el artículo 50 de la ley de trabajadoras de casas particulares”, expuso.

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“Esto implica dejar sin ninguna indemnización especial al trabajador y a la trabajadora que tuvieron que atravesar una relación laboral sin la debida registración, careciendo de los beneficios de las leyes laborales y los convenios colectivos de trabajo”, cargaron.

También pusieron el foco en el ámbito internacional: “Viola el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional que consagra la protección de las y los trabajadores, los Tratados de Derechos Humanos de rango constitucional y los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), haciendo incurrir en responsabilidad internacional al Estado Argentino”.

La situación planteada es de la mayor gravedad. Se compromete el sistema democrático vigente e en nuestro país hace 40 años y debe existir una respuesta institucional acorde, donde las cámaras legislativas de la Nación, tanto diputados como senadores, deben expresarse ante este atropello y rechazar como nulo este engendro jurídico”, expusieron.

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