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Marcadores ópticos: con inteligencia artificial, el INASE identificará en tiempo real variedades de soja

Fuente: Infocampo 08/08/2025 00:56:54 hs

La Secretaría de Agricultura aprobó la incorporación de esta herramienta tecnológica para facilitar y acelerar las tareas de fiscalización en el mercado de la soja. Se trata de una técnica que se usa desde 2003 también en trigo y cebada cervecera.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, a través de una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial, aprobó el uso de marcadores ópticos (MO) para la identificación varietal de muestras de soja.

“Este método permitirá la identificación o verificación de variedades de los cultivos de soja mediante procesamiento de imágenes vía inteligencia artificial en tiempo real. El resultado del análisis arrojará el nombre de las variedades que componen mayoritariamente la muestra y sus porcentajes”, explica el texto normativo firmado por el titular de la dependencia agropecuaria, Sergio Iraeta.

Cabe recordar que, en 2023, el INASE ya aprobó el uso de los MO para identificar varietales de trigo y cebada cervecera.

En ese entonces, Argentina se convirtió en el primer país a nivel mundial en utilizar de manera oficial, a través de un organismo estatal, un método de inteligencia artificial para la identificación varietal en el Control de Comercio.

INFORMACIÓN DE LA SOJA EN “TIEMPO REAL”

Precisamente, el encargado de realizar los análisis con esta nueva herramienta tecnológica será el Laboratorio Central de Análisis de Semillas, perteneciente a la Dirección de Evaluación de Calidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de Semillas y Creaciones Fitogenéticas del INASE.

De hecho, “únicamente serán válidos a los efectos del control de comercio y uso legal de semilla las determinaciones que se realicen en dicho laboratorio y los pertenecientes al Sistema Territorial de Laboratorios de Análisis de Semillas (SiTeLAS) del mencionado Instituto Nacional, que en el futuro puedan realizar estos análisis”, añade la resolución.

Y completa: “Los laboratorios habilitados y/o acreditados por el INASE podrán brindar el servicio siempre que los mismos cumplan las condiciones que oportunamente se fijen. En este caso, la Autoridad de Aplicación se reserva el derecho de requerir nuevas muestras y/o someter las muestras a determinaciones complementarias”.

El documento oficial también dispone que la información que surja de estas determinaciones tendrá carácter reservado y será utilizada por el INASE para el cumplimiento de los objetivos de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, pudiendo disponer de la misma ante el incumplimiento de las obligaciones formales por parte del productor, en resguardo a los derechos tutelados por la referida ley.

“En el caso de los laboratorios habilitados y/o acreditados, los resultados tendrán el mismo carácter y únicamente podrán ser entregados al INASE”, precisa la resolución.

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Asimismo, menciona que “los laboratorios habilitados y/o acreditados podrán realizar la determinación de identidad varietal en forma particular, emitiendo el pertinente certificado, a los fines que se le requieran” y que estos certificados emitidos en estos términos “podrán ser tomados por el INASE como fuente de información en caso de controversia”.

La medida también establece que esta metodología de fiscalización “será de aplicación para los muestreos en control de comercio u otra actividad enmarcada en la citada Ley N° 20.247 y toda reglamentación accesoria”.

REQUISITOS PARA USAR LOS MARCADORES ÓPTICOS EN SOJA

Por otra parte, precisa que, en base a los ensayos y pruebas realizadas por la referida Dirección de Evaluación de Calidad, para variedades de semillas y/o del producto obtenido de la cosecha de soja de muestras provenientes de control de comercio, se establece que la cantidad de semillas analizadas debe ser de al menos 150 semillas o granos.

Así, “se considera que la muestra corresponde a la variedad indicada cuando el porcentaje de similitud con el patrón sea igual o superior al 80%”, remarca la normativa. Y si quedan por debajo del 80%, “no se considerarán concluyentes, por lo que la Autoridad de Aplicación podrá utilizar otras metodologías de análisis, debidamente aprobadas, que considere pertinentes u otras medidas de prueba”.

Asimismo, se establece que:

  • Las semillas tratadas con productos y/o colorantes no podrán ser analizadas a través de este sistema de marcadores ópticos, al igual que cualquier otro mecanismo que altere las condiciones morfológicas de las semillas a analizar.
  • No se podrán modificar las características de las variedades registradas en el Registro Nacional de Cultivares del INASE, dado que, si se admite variabilidad continua, no se cumpliría con el requisito de ser un patrón.
  • A los fines de establecer el patrón de las nuevas variedades, los solicitantes deberán entregar al INASE, al menos 30 muestras de semilla pura de al menos dos campañas diferentes y con variabilidad agroecológica suficiente dentro del plazo de cuatro años a partir de la fecha de estabilización de la variedad o un año a partir de la fecha de inscripción en el citado Registro Nacional de Cultivares, la que ocurra primero.
  • Las muestras deberán identificarse como mínimo con los datos del obtentor, variedad, categoría, año de cosecha, provincia y localidad. Asimismo, deberán entregarse en un único acto a la Dirección de Fiscalización de la Dirección Nacional de Articulación Federal del INASE.
  • En caso de que, cumplido el plazo antedicho, no hayan sido entregadas las muestras, no se permitirá la fiscalización de lotes de dicha variedad. Si hubiera lotes en proceso, los mismos quedarán automáticamente dados de baja y prohibida su comercialización.

¿POR QUÉ MARCADORES ÓPTICOS EN LA SOJA?

Al momento de fundamentar esta decisión, en los considerandos de la resolución, Agricultura repasa que el INASE tiene como uno de sus objetivos fundamentales garantizar la calidad genética e identidad varietal de las semillas que se comercializan en Argentina.

Por eso, “a los fines de cumplimentar lo expuesto, es necesario contar con métodos o técnicas de análisis que permitan la identificación o verificación varietal de semillas, de asegurar a los productores agrarios la identidad de la semilla que adquieren y proteger la propiedad de las creaciones fitogenéticas”, describe el texto oficial.

En este marco, los referidos métodos para la identificación o verificación varietal pueden resultar diferentes para cada especie, teniendo en cuenta sus características particulares, y es facultad del INASE identificar el que resulte más conveniente para su adopción, incluso si para una especie resulta conveniente homologar y utilizar más de uno.

Al respecto, la Secretaría de Agricultura subraya que “en el caso específico de esta normativa, se cuenta con un amplio desarrollo a nivel mundial de la metodología utilizada para la identificación de variedades de cebada y trigo, que aseguran la trazabilidad en la cadena comercial, siendo la misma aceptada por todas las partes, e incluso utilizada por muchas firmas como soporte del mejoramiento y control de pureza interno”.

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