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Sin la carne, solo granos: uno por uno, cuáles son los productos que tendrán retenciones cero

Fuente: Infocampo 22/09/2025 12:15:41 hs

El listado completo de los granos y subproductos para los que se dispuso la eliminación de retenciones, hasta el próximo 31 de octubre.

El Poder Ejecutivo publicó este lunes por la mañana en el Boletín Oficial el decreto que dispone la política de retenciones cero para una serie de productos agroindustriales, principalmente granos y subproductos, hasta el próximo 31 de octubre o hasta que se totalicen Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) por U$S 7.000 millones.

Del listado de bienes alcanzados por la medida, de acuerdo con su posición arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), se advierte que no están incluidas las carnes.

Así se lo hizo saber Nicolás Pino, presidente de la Sociedad Rural Argentina (SRA), a las autoridades nacionales, según relató en una entrevista televisiva.


En concreto, los productos alcanzados son los siguientes:

Capítulo 10: Cereales

  • 1001.11.00: Trigo duro para siembra.
  • 1001.19.00: Los demás trigos duros.
  • 1001.91.00: Los demás trigos y morcajo (tranquillón) para siembra.
  • 1001.99.00: Los demás trigos y morcajo (tranquillón).
  • 1003.90.10: Los demás trigos y morcajo (tranquillón).
  • 1003.90.80: Cebada, las demás.
  • 1003.90.90: Cebada, los demás.
  • 1005.10.00: Maíz para siembra.
  • 1005.90.10: Maíz, grano entero.
  • 1005.90.90: Maíz, los demás.
  • 1007.90.00: Sorgo de grano.

Capítulo 11: Productos de la molinería; malta; almidón y fécula; inulina; gluten de trigo

  • 1101.00.10: Harina de trigo o de morcajo (tranquillón), con un contenido de cenizas en peso, sobre producto seco, inferior o igual al 0,60 %.
  • 1102.20.00: Harina de maíz.
  • 1102.90.00: Las demás harinas de cereales.
  • 1103.11.00: Grañones y sémola de trigo.
  • 1103.13.00: Grañones y sémola de maíz.
  • 1103.19.00: Grañones y sémola de los demás cereales.
  • 1104.23.00: Los demás granos aplastados o en copos de maíz.
  • 1104.30.00: Germen de cereales, entero, aplastado, en copos o molido.
  • 1107.10.10: Malta sin tostar de cebada.
  • 1107.10.20: Malta sin tostar de arroz.
  • 1107.20.10: Malta tostada de cebada.
  • 1107.20.20: Malta tostada de arroz.
  • 1108.11.00: Almidón de trigo.
  • 1108.12.00: Almidón de maíz.
  • 1109.00.00: Gluten de trigo, incluso seco.

Capítulo 12: Semillas y frutos oleaginosos; semillas, frutos y granos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje

  • 1201.10.00: Soja para siembra.
  • 1201.90.00: Soja, las demás.
  • 1206.00.90: Semillas de girasol, las demás.
  • 1208.10.00: Harina de soja.

Capítulo 15: Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal

  • 1507.10.00: Aceite de soja en bruto, incluso desgomado.
  • 1507.90.11: Aceite de soja, las demás, en envases de hasta 5 kg.
  • 1507.90.19: Aceite de soja, las demás, en otros envases.
  • 1507.90.90: Aceite de soja, las demás.
  • 1512.11.10: Aceite de girasol en bruto.
  • 1512.19.11: Aceite de girasol refinado, en envases de hasta 5 kg.
  • 1512.19.19: Aceite de girasol refinado, en otros envases.
  • 1515.21.00: Aceite de maíz en bruto.
  • 1515.29.10: Aceite de maíz, los demás, en envases de hasta 5 kg.
  • 1515.29.90: Aceite de maíz, los demás.
  • 1516.10.00: Grasas y aceites animales y sus fracciones.
  • 1516.20.00: Grasas y aceites vegetales y sus fracciones.
  • 1516.30.00: Grasas y aceites vegetales modificados químicamente.
  • 1517.10.00: Margarina.
  • 1517.90.10: Mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites animales o vegetales.
  • 1517.90.90: Otras mezclas o preparaciones alimenticias.
  • 1518.00.10: Ácidos grasos industriales.
  • 1518.00.90: Los demás.
  • 1520.00.10: Glicerol en bruto.
  • 1520.00.20: Glicerol refinado.

Capítulo 17: Azúcares y artículos de confitería

  • 1702.30.11: Glucosa, líquida o en pasta, con un contenido de glucosa en peso, sobre producto seco, superior o igual al 90 %.
  • 1702.30.19: Jarabe de glucosa, con un contenido de glucosa en peso, sobre producto seco, superior o igual al 90 %.
  • 1702.30.20: Los demás jarabes de glucosa y jarabe de glucosa en polvo.
  • 1702.40.10: Glucosa, líquida o en pasta.
  • 1702.40.20: Los demás jarabes de glucosa y jarabe de glucosa en polvo.
  • 1702.50.00: Fructosa, químicamente pura.
  • 1702.60.10: Los demás azúcares de caña o de remolacha, sólidos.
  • 1702.60.20: Los demás azúcares, sólidos, y jarabes de azúcar.
  • 1702.90.00: Los demás azúcares y jarabes de azúcar.

Capítulo 19: Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería

  • 1901.90.10: Preparaciones a base de harina, sémola, almidón, fécula o extracto de malta, sin cacao.

Capítulo 21: Preparaciones alimenticias diversas

  • 2106.10.00: Concentrados de proteínas y sustancias proteicas.

Capítulo 23: Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales

  • 2302.10.00: Salvados, moyuelos y otros residuos del cribado, molienda o de otro trabajo de los cereales de maíz.
  • 2302.30.10: Salvados, moyuelos y otros residuos del cribado, molienda o de otro trabajo de los cereales de trigo.
  • 2302.30.90: Los demás salvados, moyuelos y otros residuos del cribado, molienda o de otro trabajo de los cereales.
  • 2302.50.00: Salvados, moyuelos y otros residuos del cribado, molienda o de otro trabajo del arroz.
  • 2303.10.00: Residuos de la fabricación de almidón y residuos análogos.
  • 2304.00.10: Residuos de la extracción del aceite de soja, en forma de tortas.
  • 2304.00.90: Los demás residuos de la extracción del aceite de soja.
  • 2306.30.10: Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de girasol.
  • 2306.30.90: Otros residuos sólidos de la extracción del aceite de girasol.
  • 2306.90.10: Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites vegetales.
  • 2306.90.90: Otros residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites vegetales.
  • 2308.00.00: Forrajes.
  • 2309.10.00: Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor.
  • 2309.90.10: Preparaciones forrajeras.
  • 2309.90.20: Alimentos preparados para animales de granja.
  • 2309.90.30: Preparaciones para la alimentación de peces.
  • 2309.90.40: Preparaciones para la alimentación de camarones y crustáceos.
  • 2309.90.50: Alimentos preparados para animales de compañía, excepto los de los perros o gatos.
  • 2309.90.60: Alimentos preparados para animales de laboratorio.
  • 2309.90.90: Los demás alimentos preparados para animales.

Capítulo 29: Productos químicos orgánicos

  • 2905.45.00: Glicerol, químicamente puro.
  • 2923.20.00: Lecitinas y fosfoaminolípidos.

Capítulo 35: Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula modificados; colas; enzimas

  • 3504.00.20: Concentrados de proteínas de soja.

Capítulo 38: Productos diversos de las industrias químicas

  • 3826.00.00: Biodiésel y sus mezclas, sin grasas o aceites minerales.
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